Comisiones Obreras de Cantabria | 25 abril 2024.

CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS

CCOO ve abusivo el contrato de alquiler impuesto de la planta asfáltica de ASFIN y teme que comprometa la presentación de ofertas de compra

  • El sindicato ha señalado que el contrato de arrendamiento, por un importe de 7.000 euros mensuales, es por 10 años con una fianza de dos meses y un aval de 84.000 euros
  • La Federación de Construcción y Servicios ha lamentado que han tenido conocimiento de alguna empresa que se ha echado para atrás al conocer la existencia del contrato de alquiler de la parcela

24/07/2019.

La Federación de Construcción y Servicios de Comisiones Obreras de Cantabria (CCOO) ha considerado abusivo el contrato de alquiler de la planta asfáltica de ASFIN en Reocín y teme que pueda comprometer la presentación de ofertas de compra ahora que la empresa, con sede en Astillero, está en situación de liquidación.

El sindicato, que desconocía la existencia de este contrato, contraído el pasado mes de mayo cuando la firma de aglomerados ya estaba en horas bajas, ha hecho hincapié en el lastre que supone un contrato de alquiler de diez años y por un importe de 7.000 euros mensuales, además de una finanza de dos meses y un aval de 84.000 euros.

“Creemos que puede condicionar la presentación de ofertas de compra por parte de empresas interesadas. Sabemos, de hecho, de algunas que se han echado atrás al conocer este contrato que te ata durante diez años a la planta asfáltica de Reocín”, ha subrayado Óscar Arroyo, representante de la Federación de Construcción y Servicios de CCOO de Cantabria.

Hay que recordar que CCOO ya alertó hace unos días de la situación de incertidumbre que están sufriendo los 28 trabajadores que conforman la plantilla de la empresa de construcción de aglomerado ASFIN, compuesta por Fernández-Rosillo y compañía y Canteras La Verde, en fase de liquidación desde el pasado mes de mayo.

El sindicato ha mostrado su preocupación por el futuro de una plantilla que en los últimos años se ha visto mermada casi a la mitad y que en la actualidad sigue trabajando o a expensas de que alguien se haga con la propiedad.

El Plan de Liquidación presentado por la Administración Concursal ha establecido valorar con la mayor puntuación (hasta 60 puntos) la propuesta de compra de la unidad productiva más alta, fijando el precio mínimo de venta en 300.000 euros. Además, no se admitirá ninguna oferta que no contemple un mínimo de diez trabajadores subrogados (se valorará este apartado con hasta 36 puntos, siendo la mayor puntuación para quién asuma a más personal subrogado), mientras que los cuatro puntos restantes serán para computar un plan de negocio para los dos próximos años que incluya las inversiones a realizar.

A estas condiciones hay que sumar el alquiler de una parcela durante diez años que, a juicio del sindicato, puede suponer que finalmente no haya ofertas de compra o, en el mejor de los casos, que las posibles ofertas se vean reducidas en importe y en número de trabajadores a subrogar para compensar las condiciones de este contrato.