Comisiones Obreras de Cantabria | 20 abril 2024.

La Justicia falla que Ambuibérica actuó con mala fe y temeridad y declara nula la modificación sustancial de las condiciones de trabajo

  • El abogado de CCOO ha acreditado que la empresa modificó los informes técnicos y ha puesto en evidencia las maniobras de la empresa
  • “Esta sentencia deja claro el atropello injustificado que hemos sufrido la plantilla”, ha subrayado Miguel Ángel Expósito, delegado de CCOO en Ambuibérica

10/05/2021.
Transporte sanitario urgente.

Transporte sanitario urgente.

La Sección Sindical de CCOO en Ambuibérica ha celebrado que la Justicia haya declarado nula la modificación sustancial de las condiciones de trabajo que aplicó la empresa de transporte sanitario tras una sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Santander que “deja claro el atropello injustificado que hemos sufrido”, como ha subrayado Miguel Ángel Expósito, delegado de CCOO en Ambuibérica.

De este modo, los trabajadores afectados por la modificación deberán ser repuestos en sus anteriores condiciones de trabajo en lo que se refiere a horarios, distribución de la jornada y abono del plus de emergencia.

El delegado de CCOO en Ambuibérica ha hecho hincapié en que esta sentencia, “además de dejar en evidencia la mala fe, hemos conseguido que se reconozca una temeridad en este tipo de acciones que no se había conseguido hasta ahora”.

En este sentido, ha recalcado Expósito, la empresa deberá enfrentar unas consecuencias y multa económica de 3.000 euros, como recoge la sentencia, “cantidad que se considera ajustada a la conducta expuesta y en evitación de un nuevo pleito futuro”.

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO en Cantabria ha destacado el hecho de que CCOO haya formado parte del comité de empresa de Ambuibérica en esta ocasión para abordar la segunda modificación sustancial de las condiciones de trabajo de la empresa para lograr desarrollar, como siempre nos hubiera gustado, una demanda de este tipo ante las distintas maniobras de la empresa.

Por otro lado, como ha acreditado el abogado de CCOO durante el proceso, la empresa encargó informes técnicos que modificó hasta tres veces y consta “una voluntad renuente al acatamiento de las sentencias y la confección de toda una ingeniería jurídica para este fin”, como se extrae de la sentencia.

“El juzgado nos ha dado la razón en todo lo que hemos reclamado: que la empresa ha actuado de mala fe, que se han modificado los informes que justificaban las modificación y que para abordar una modificación de los turnos de 24 horas se ha de acudir al convenio colectivo –un sistema más garantista para el trabajador-, y no recurrir a una modificación sustancial, como ha hecho la empresa”, ha insistido Expósito.