Comisiones Obreras de Cantabria | 24 abril 2024.

Un sindicalista de CCOO de Cantabria logra una sentencia que condena al Ministerio de Fomento por vulnerar la libertad sindical

  • El TSJ de Madrid falla que Fomento vulneró la libertad sindical de Javier Báscones, secretario general de la FSC, al no valorar los contenidos de su puesto de trabajo por estar liberado cuando se presentó a un concurso de méritos
  • Báscones denuncia, también, el sistema de valoración de méritos: “A quienes no hemos trabajado en comisión de servicio, nos hacen falta 40 años de actividad para conseguir plaza”

11/11/2020.

El secretario general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Cantabria, Javier Báscones, ha ganado una sentencia contra el Ministerio de Fomento, que, según el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha vulnerado el derecho a la libertad sindical de Báscones.

Cuando el sindicalista se presentó a un concurso para promocionar en su carrera profesional y obtener la plaza de Jefe de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en el Ministerio de Fomento en Santander, la Comisión de valoración no tuvo en cuenta los contenidos de su puesto de trabajo por estar liberado y vulneró su derecho a la libertad sindical.

“No es la primera vez que concurso para promocionar y que, por mi situación de liberado, me veo perjudicado en mi carrera profesional”, ha señalado Báscones, que, una vez resuelto el concurso, solicitó las puntuaciones y criterios de valoración.

El sindicalista planteó la demanda porque, como ha criticado, “de la valoración de méritos específicos se desprende que la puntuación que me otorgan está condicionada por la situación de liberado sindical, ya que no se corresponde con el mayor grado, antigüedad y la experiencia profesional”.

Báscones ha denunciado, además de la vulneración de la libertad sindical, “la valoración de los méritos, que no tiene proporcionalidad ni sentido”.

De este modo, aunque el secretario general de la FSC de CCOO de Cantabria cuenta con 26 años de experiencia en su sector y su oponente en el concurso público con once, además de contar Báscones con un grado superior, quien finalmente fue adjudicatario de la plaza “seguramente” trabajó en comisión de servicio –designación “a dedo” por necesidades urgentes para un puesto-.

Según ha explicado el sindicalista, el sistema para optar a las plazas altas de la Administración pasa por trabajar en comisión de servicio durante un tiempo, de modo que “se hace una adjudicación indirecta”, ha criticado, “y, a quienes no hemos estado trabajando en este régimen, nos hacen falta unos 40 años de actividad para superar a quien haya estado en comisión de servicio durante un año y conseguir una plaza”, ha ejemplificado-

“Estas actuaciones vulneran el derecho a la carrera profesional de los funcionarios y son un atropello al derecho a la libertad sindical”, ha denunciado Báscones.

La sentencia de la Sala séptima de lo contencioso-administrativo ha anulado la resolución y ha ordenado la repetición de la valoración de los méritos, que se ha resuelto hace unas semanas –aunque aún no hay notificación con el resultado-.

“Si no se cumple con lo indicado en la sentencia y no se acreditan los criterios de valoración de forma objetiva, seguiremos con la vía judicial e incluso recurriremos al Defensor del Pueblo para defender el derecho a la libertad sindical y a la carrera profesional de los funcionarios”, ha advertido Báscones.